La Comisión Europea ha decidido llevar al Reino Unido, Grecia, España y Finlandia ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no aplicar la Directiva relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (IPPC). También ha decidido instar a Luxemburgo, Alemania y Bélgica a que notifiquen sus medidas de aplicación de la Directiva IPPC en un plazo de dos meses. Si los Estados miembros correspondientes no respondieran a estas peticiones, que se han cursado en forma de dictamen motivado (segunda etapa de los procedimientos de infracción de conformidad con el artículo 226 del Tratado CE), la Comisión podría decidir llevar a estos Estados miembros ante el mismo Tribunal.
Al comentar estas decisiones, la Comisaria Margot Wallström ha declarado: «La Directiva IPPC supone un avance significativo en la regulación medioambiental de las actividades industriales contaminantes. Insto a los Estados miembros retrasados en sus legislaciones nacionales a que hagan todo lo posible para concluir cuanto antes la necesaria tarea legislativa al respecto».
La Directiva IPPC (Directiva 96/61/CE del Consejo relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación) es uno de los elementos fundamentales de la legislación medioambiental comunitaria reciente. La Directiva se aplica a un número significativo de actividades industriales potencialmente contaminantes como, por ejemplo, las industrias energéticas, la producción y el tratamiento de metales, las industrias mineras y químicas, las instalaciones de gestión de residuos y determinadas instalaciones agroalimentarias. Su objeto es prevenir o reducir la contaminación del aire, el agua y el suelo mediante la creación de un sistema de permisos exhaustivo que tiene en cuenta todos estos medios ambientales en su conjunto. Además, cubre la generación de residuos y el uso de la energía en estas industrias. Este planteamiento contrasta con el de la legislación ambiental más antigua, que intentaba regular los diversos medios ambientales por separado.
El plazo para adoptar y enviar a la Comisión las disposiciones nacionales de aplicación de la Directiva era el 30 de octubre de 1999. El Reino Unido ha enviado la legislación adoptada en Inglaterra, el País de Gales y Escocia y un proyecto de texto aplicable en Gibraltar, pero la Comisión aún está esperando recibir las medidas adoptadas correspondientes a Irlanda del Norte y Gibraltar. Finlandia ha enviado las medidas de aplicación en el territorio finlandés continental, pero no las de la provincia de las islas Åland. La Comisión no ha recibido notificación alguna de las medidas adoptadas por Grecia. Las medidas notificadas por Luxemburgo incluyen medidas parciales de transposición, así como un proyecto de legislación aún no adoptado.
Alemania y España han enviado también un proyecto de medidas pero su adopción no está prevista antes de finales de 2001. En Bélgica, faltan las medidas adoptadas aplicables en Valonia.
Las decisiones en estos casos son un ejemplo de la práctica normal de la Comisión de proceder a actuaciones judiciales concertadas cuando los Estados miembros no hayan aplicado una Directiva dentro del plazo acordado por el Consejo de Ministros.